GFCE Group Informa - El Tribunal Supremo rechaza la consideración del desplazamiento al primer y último cliente como tiempo de trabajo
El Tribunal Supremo rechaza la consideración del desplazamiento al primer y último cliente como tiempo de trabajo

La reciente Sentencia del Tribunal Supremo 🗓️ de 27 de noviembre de 2024 ha zanjado una cuestión muy debatida en el ámbito laboral: ¿el tiempo que un trabajador emplea en desplazarse desde su casa al primer cliente y de vuelta al final de la jornada se considera tiempo de trabajo efectivo? La respuesta es ❌ no, y esta decisión tiene importantes implicaciones para empresas y trabajadores.


🔍 ¿Qué dice el Tribunal Supremo?

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha resuelto que estos desplazamientos no cumplen los requisitos establecidos en el artículo 34.5 del Estatuto de los Trabajadores para ser considerados tiempo de trabajo efectivo. Según la normativa, para que el tiempo sea considerado laboral, debe cumplir con estas condiciones:

1️⃣ Estar en el lugar de trabajo. 🏢
2️⃣ Estar disponible para el empresario. 📞
3️⃣ Realizar una actividad laboral. 💼

El fallo también coincide con la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que señala que, salvo excepciones, los desplazamientos al inicio y al final de la jornada no se consideran tiempo de trabajo remunerado.

📜 Esta sentencia anula una decisión anterior de la Audiencia Nacional que había reconocido estos desplazamientos como tiempo de trabajo para los empleados de TK Elevadores SLU.

🏢 Impacto en las empresas

💡 Revisión de políticas internas: Las empresas pueden confirmar que estos desplazamientos no son remunerados, salvo que existan acuerdos o excepciones específicas.

🤝 Resolución de conflictos: Este pronunciamiento facilita la gestión de reclamaciones laborales relacionadas con el tiempo de desplazamiento.

📏 Criterio uniforme: Las empresas con centros de trabajo distribuidos en diferentes localidades pueden aplicar esta doctrina para evitar disparidades en el tratamiento de sus trabajadores.

👷‍♀️ Aspectos clave para los trabajadores

📌 Excepciones: Esta sentencia no afecta a situaciones donde el desplazamiento forma parte de la actividad laboral, como en casos de trabajos en localizaciones remotas o empleos sin centro de trabajo fijo.

📚 Conocer los convenios aplicables: Es fundamental que los trabajadores revisen el convenio colectivo de su sector o empresa y las políticas internas para detectar posibles derechos adicionales.

Conclusión

El Tribunal Supremo deja claro que los desplazamientos al primer cliente y desde el último no constituyen tiempo de trabajo efectivo, salvo circunstancias excepcionales. Esta sentencia pone fin a un debate controvertido y refuerza la importancia de analizar cada caso bajo el marco legal y los acuerdos existentes.

💼 Si tienes dudas sobre cómo esta sentencia puede afectarte como trabajador o empresario, te animamos a revisar los convenios aplicables o buscar asesoramiento especializado.

📞 En GCE Group, estamos aquí para ayudarte. Nuestro equipo de expertos está a tu disposición para resolver cualquier consulta o gestionar este tipo de situaciones con total seguridad jurídica. ¡No dudes en contactarnos!

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